Estructura organizacional

La dirección, administración y control del Fondo es ejercida por la Asamblea General de Delegados, la Junta Directiva, el Gerente, el Revisor Fiscal y el Comité de Control Social.

Organigrama

Asamblea General

Órgano máximo de administración, sus decisiones son de obligatorio cumplimiento por parte de los asociados. La conforma la reunión debidamente convocada de los asociados hábiles o los delegados legalmente elegidos. Se reúne de forma ordinaria una vez al año dentro de los tres primeros meses.

    Junta Directiva

    Es el Órgano de administración permanente del fondo de empleados sujeto a la asamblea general y responsable de la dirección general de los negocios y operaciones.

    Está compuesta por asociados hábiles en el número de miembros principales y suplentes que señale el estatuto y tendrá el período determinado en éste. Para ser miembro de la Junta Directiva se requiere ser asociado hábil del fondo y haber sido elegido mediante los procedimientos fijados en la ley y el Estatuto.

        Gerente

        Actúa como representante legal, es el principal ejecutor de las decisiones de la Junta Directiva, jefe de la administración y superior jerárquico de los empleados que contrate el Fondo

        Comité de Control Social

        Es el órgano de vigilancia social del Fondo, sujeto a la Asamblea General y responsable del cumplimiento de los objetivos del Fondo, acorde con los principios fundamentales de la economía solidaria, la ley, los estatutos y reglamentos

        Comité de Apelaciones

        Es el órgano de administración facultado por la Asamblea para decidir, en nombre de esta, los recursos de apelación que interpongan los asociados procesados, contra las decisiones o fallos sancionatorios adoptados por la Junta Directiva en el trámite de procesos disciplinarios.

        Revisoría Fiscal

        Es el organismo de vigilancia y control interno de las operaciones y legalidad de la entidad se elige por la Asamblea General de Delegados y debe ajustarse a lo establecido en las leyes para el ejercicio de la actividad. Actualmente, esta labor es ejercida por la empresa CENCOA LTDA.

        Comité de Riesgos

        Su función principal, a la luz de lo establecido en la normatividad de la Superintendencia de la Economía Solidaria, es servir de apoyo a la Junta Directiva en el establecimiento de políticas de gestión de riesgos, a través de la presentación para su aprobación, de las propuestas de límites, metodologías y mecanismos de medición, cobertura y mitigación de riesgos, así como la presentación a dicho órgano de dirección, de los reportes periódicos sobre la situación particular de cada uno de los riesgos. todo la anterior, respecto de los sistemas de administración del riesgo: SARLAFT, SARC, SARO, SARM, y conforme a lo dispuesto en el Reglamento que lo rige.